COMITÉ DE TRANSPARENCIA

 
Home    |    Transparencia    |    Comité de Transparencia
 


Comité de Transparencia


Definición
Cuerpo colegiado que se integre para resolver sobre la información que deberá clasificarse, así como para atender y resolver los requerimientos de las Unidades de Transparencia y del Instituto

Atribuciones del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Estado de México
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 40. Cada Comité de Transparencia tendrá las siguientes atribuciones:


Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
Artículo 78.Para los efectos de la presente Ley y sin perjuicio de otras atribuciones que le sean conferidas en la normatividad que le resulte aplicable, el Comité de Transparencia tendrá las siguientes funciones:


Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Artículo 49.Los Comités de Transparencia tendrán las siguientes atribuciones:



Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios
Artículo 94.Cada sujeto obligado contará con un Comité de Transparencia, el cual se integrará y funcionará conforme a lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Transparencia.
El Comité de Transparencia será la autoridad máxima en materia de protección de datos personales.
Para los efectos de la presente Ley y sin perjuicio de otras funciones que le sean conferidas en la normatividad que le resulte aplicable, el Comité de Transparencia tendrá las atribuciones siguientes:


Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Estado de México
Artículo 11.El Comité será el órgano integrado para conocer respecto de los requerimientos del Instituto y de la Unidad de Transparencia. Tendrá además de las contenidas en el artículo 49 de la Ley de Transparencia, las siguientes funciones y atribuciones:


Lineamientos para la instalación y funcionamiento de los Comités de Transparencia de los Sujetos Obligados
Décimo quinto.Los Comités de Transparencia, en materia de acceso a la información, tendrán las atribuciones enmarcadas en el artículo 49 de la Ley de Transparencia Local, y en materia de protección de datos personales, se ajustarán a las previstas en el artículo 94 de la Ley de Protección de Datos Personales


Actas y acuerdos del Comité de Transparencia
Para consultar las actas y los acuerdos emitidos por el Comité de Transparencia de este órgano jurisdiccional, en el Sistema de Información Pública de Oficio Mexiquense (IPOMEX), ingrese a las siguientes ligas electrónicas:
Artículo Fracción Liga electrónica
92 XLIII A Informe de sesiones del Comité de Transparencia
92 XLIII B Informe de Resoluciones del Comité de Transparencia

Directorio de las personas integrantes del Comité de Transparencia
Nombre de la persona servidora pública Cargo al interior del Comité de Transparencia Número telefónico institucional
Mtra. Kristhel Ruíz Flores, Titular de la UIPPET Presidenta 722 226 2570, ext. 116
Mtra. Carolina Rocha González, Encargada del Despacho de la Contraloría General Integrante 722 226 2570, ext. 149
Mtro. Sergio Reyes Vargas, Coordinador de Archivo Integrante 722 226 2570, ext. 162
Lcda. Magali Danuvis López Padilla, Servidora público adscrito a Presidencia Encargado de la protección de los datos personales 722 226 2570, ext. 106
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Requisitos para ingresar una solicitud de acceso a la información
Artículo 155. Para presentar una solicitud por escrito, no se podrán exigir mayores requisitos que los siguientes:


Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios
Requisitos para ingresar una solicitud de derechos ARCO
Artículo 110. La solicitud para el ejercicio de derechos ARCO, deberá contener:


Políticas del Comité de Transparencia
2023 VER
2025 VER
 





Ubicación

Paseo Vicente Guerrero No.342, Col. Vicente Guerrero. C.P. 50110. Toluca, Estado de México





Teléfono de Contacto

+52 722 226 2570





Horarios de Atención

Lunes a Viernes
09:00 a 17:00





Agradecemos su visita a este sitio Web en el que ponemos a su disposición información relevante en materia de impugnaciones, sentencias y tesis de jurisprudencia , así como de la estrucutura orgánica, antecedentes, leyes y reglamenteos internos que nos rigen.







Siguenos en Redes Sociales





Copyright © 2024 Tribunal Electoral del Estado de México