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Magistraturas


Doctora Martha Patricia Tovar Pescador

    Magistrada Presidenta

Estudios:
Licenciada en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Maestra en Derecho Electoral por el Instituto Electoral del Estado de México.
Diplomado Internacional en Derecho Electoral por la Universidad Autónoma de Chihuahua y su Facultad de Derecho, la Universidad de Coruña, España, la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana, A.C., La Fundación Universitaria San Martín de Colombia y la Academia Nacional de Derecho Electoral.
Doctora en Derecho Procesal por la Universidad Alfa Lambda.

Experiencia laboral:
Se ha desempeñado como Abogada Postulante, Procuradora de la Defensa del Menor y la Familia en el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) municipal del Ayuntamiento de Rayón en el Estado de México
Desde el año 2000, en el Tribunal Electoral del Estado de México se ha desempeñado como: Notificadora, Secretaria Sustanciadora, Secretaria Técnica Auxiliar Jurídica, Responsable del Archivo Jurisdiccional y Secretaria Técnica en la Secretaría General de Acuerdos.
Actualmente, por designación del Senado de la República, es Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de México

Participaciones editoriales:
Colaboró en la integración de la Memoria Histórica de los Tribunales Electorales de la República Mexicana, con el artículo: "El Tribunal Electoral del Estado de México: Consolidación de la Justicia Electoral Local”. Divulgación a cargo del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo.
Participó en la publicación semestral “Voces electorales” edición julio-noviembre 2020, con el ensayo intitulado “La participación ciudadana en la elección de las autoridades auxiliares en el contexto normativo mexicano”. Documental a cargo del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California.
Compartió con la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana, Asociación Civil, el comentario intitulado: “Identidad sexual y justicia electoral. Comentarios a la sentencia SUP-JDC-304/2018 y Acumulados.
Colaboró en la obra Glosario Jurisdiccional Electoral, editorial coordinada por la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de Nuevo León, con el artículo: “Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (sustanciación y resolución)”.
Participó en la edición de la Revista Electoral 2022 del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero con el artículo: “La ambigüedad del principio pro persona. Anotaciones sobre su interpretación y su uso procesal”.

COMO INTEGRANTES DE UN CUERPO COLEGIADO, LOS MAGISTRADOS ELECTORALES CUENTAN CON LAS ATRIBUCIONES QUE OTORGA AL PLENO, EL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

Artículo 390. Al Pleno del Tribunal Electoral le corresponden las atribuciones siguientes:

I. Resolver los medios de impugnación de su competencia, previstos en este Código.
II. Desechar, sobreseer, tener por no interpuestos o por no presentados, cuando proceda, los medios de impugnación, los escritos de terceros interesados o los de coadyuvantes.
III. Calificar y resolver sobre las excusas que presenten los magistrados y las recusaciones que contra éstos se presenten.
IV. Designar y remover a los notificadores, secretarios proyectistas y al Secretario General de Acuerdos del Tribunal Electoral, a propuesta del Presidente del mismo.
V. Determinar la fecha y hora de sus sesiones públicas, publicando tal determinación en su página de internet con al menos 24 horas de anticipación.
VI. Resolver los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal Electoral y sus servidores y entre el Instituto y sus servidores, en términos de lo dispuesto por este Código.
VII. Aprobar el proyecto de egresos del Tribunal Electoral y ejercerlo con autonomía.
VIII. Autorizar la celebración de convenios de colaboración con otros tribunales, instituciones y autoridades, para el mejor desempeño del Tribunal Electoral.
IX. Resolver las impugnaciones que se presenten contra determinaciones de imposición de sanciones por parte del Instituto.
X. Expedir y modificar el reglamento interno del Tribunal Electoral, así como los acuerdos generales y demás disposiciones necesarias para su buen funcionamiento.
XI. Establecer la jurisprudencia del Tribunal Electoral.
XII. Aprobar el programa anual de actividades que le presente el Presidente.
XIII. Conocer y, en su caso, aprobar los convenios de colaboración que el Presidente celebre con las autoridades federales, estatales o municipales.
XIV. Resolver los procedimientos sancionador ordinario y especial sancionador, en términos de este Código.
XV. Resolver el recurso de apelación en materia de consulta popular, en términos de este Código.
XVI. Aprobar los lineamientos para la selección, capacitación, designación y promoción del personal del Tribunal Electoral.
XVII. Aprobar el programa anual de investigación, docencia y difusión de la materia electoral y de participación ciudadana.
XVIII. Las demás que le otorga este Código.

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Doctora Leticia Victoria Tavira

    Magistrada

Doctora en Derecho por el Centro de Estudios de Posgrado en Derecho.

Es licenciada en derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México y maestra en derecho electoral, por el Instituto de Investigaciones y Capacitación Electoral del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco.

En 2002, se desempeñó como vocal de organización de la Junta Municipal Electoral de Toluca.

Ha ocupado los cargos de secretaria proyectista, tanto en el Tribunal Electoral del Estado de México (2006 y 2008) como en el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (2007).

Ha fungido como secretaria de estudio y cuenta en el órgano jurisdiccional en materia electoral mexiquense de 2007 a 2009.

Fue asesora de consejero electoral en el Instituto Electoral del Estado de México de 2009-2014.

De febrero de 2016 a octubre de 2017, se desempeñó como oficial jurisdiccional de la Sala Regional Sur del Estado de México, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

El 14 de diciembre de 2017, fue designada por el Senado de la República, como Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de México, por un periodo de siete años; ocupando actualmente la presidencia de dicho órgano jurisdiccional.

Desde el 25 de enero de 2022 a la fecha, funge como presidenta del Observatorio de Participación Política de las Mujeres en el Estado de México.

En la docencia, ha impartido cátedra en diversas Universidades; así como en el Programa de Posgrado que imparte el Instituto Electoral del Estado de México, en la Maestría de Administración Electoral.

Ha sido ponente en diversos foros, centrando su participación en temas electorales y de género; y ha publicado en la Revista Especializada en Derecho Electoral, "Sufragio" del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco.

ATRIBUCIONES QUE OTORGA EL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO A LA MAGISTRADA PRESIDENTA

Artículo 394. Corresponden al Presidente del Tribunal Electoral las siguientes atribuciones:

I. Representar al Tribunal Electoral ante toda clase de autoridades.
II. Convocar a los demás miembros del Pleno para la realización de sus sesiones, en los términos de este Código.
III Presidir las sesiones del Pleno, dirigir los debates y conservar el orden durante las mismas.
IV. Proponer al Pleno la designación del Secretario General de Acuerdos, secretarios proyectistas y notificadores.
V. Designar y remover al personal administrativo necesario para el buen funcionamiento del Tribunal Electoral.
VI. Elaborar el proyecto de Presupuesto de Egresos del Tribunal Electoral.
VII. Despachar la correspondencia del Tribunal Electoral.
VIII. Vigilar la oportuna notificación a los órganos estatales electorales, partidos políticos y a quien corresponda, de las resoluciones que se dicten sobre los medios de impugnación que conozca el Tribunal Electoral.
IX. Tramitar los asuntos de su competencia hasta ponerlos en estado de resolución.
X. Firmar conjuntamente con el Secretario General de acuerdos las actuaciones y las resoluciones del Tribunal Electoral.
XI. Conceder o negar licencias al personal jurídico y administrativo.
XII. Rendir ante el Pleno un informe al término de cada proceso electoral, dando cuenta del estado que guarda el Tribunal Electoral.
XIII. Celebrar convenios de colaboración, previa autorización del Pleno.
XIV. Proponer al Pleno los lineamientos para la selección, capacitación, designación y promoción del personal del Tribunal Electoral.
XV. Proponer al Pleno un programa anual de investigación, docencia y difusión de la materia electoral y de participación ciudadana.
XVI. Representar legalmente al Tribunal, otorgar y revocar poderes para actos de dominio, de administración, y para ser representado ante cualquier autoridad administrativa o judicial.
XVII. Recibir los medios de impugnación, admitirlos si reúnen los requisitos legales y, en su caso, recabar de los magistrados el acuerdo que proceda.
XVIII. Sustanciar los medios de impugnación, realizando todas las diligencias pertinentes y requiriendo los documentos necesarios, hasta ponerlos en estado de resolución.
XIX. Las demás que le confiere este Código.

El Presidente será suplido, en el caso de vacante temporal, por los otros magistrados, siguiendo el orden de designación y, de ser necesario, el orden alfabético. Si la falta es definitiva se designará nuevo Presidente para concluir el periodo y sólo en este supuesto lo podrán designar para otro periodo de dos años.

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Maestro Raúl Flores Bernal

    Magistrado

Es originario y residente en la ciudad de Toluca, México

Formación Académica:

  • Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México.
  • Máster en Argumentación Jurídica bajo la modalidad de doble titulación por las Universidades de Alicante, España y de Palermo, Italia.
  • Maestro en Derecho con mención honorífica por la Universidad Nacional Autónoma de México.
  • Estudios concluidos del Doctorado en Derechos Humanos en la Universidad Nacional de Estudiosa Distancia de España, programa académico en coordinación con la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Obtuvo el correspondiente Diploma de Estudios Avanzados (DEA) con la calificación: sobresaliente.
  • XII Curso Especializado para Funcionarios de Estado sobre utilización Sistema Interamericano en el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, San José de Costa Rica.
  • Master en Derecho Electoral por la Universidad Castilla-La Mancha España.
  • Diplomado en Gobierno y Gestión Judicial por la Universidad Austral de Argentina.


Experiencia Profesional: Su trayectoria profesional electoral, abarca más de dos décadas, en los ámbitos jurisdiccional, administrativo y académico, en los siguientes cargos e instituciones:

  • Actuario en la Sala Regional Toluca Tribunal Federal Electoral. (1993-1994
  • Bibliotecario en la Unidad Regional Toluca de Capacitación y Documentación electoral del Centro de Capacitación Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (1999)
  • Miembro del Servicio Profesional Electoral por concurso de oposición, en el Instituto Federal Electoral. (2001-2003) Jefe de Actuaría Regional y Secretario Técnico de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los procesos electorales federales de 2000 y 2003. •Secretario Proyectista y Jefe de la Unidad de Estudios, Investigaciones y Proyectos. Tribunal Electoral del Estado de México. (Procesos Electorales 1996 y 1999) En el periodo septiembre de 2005 a octubre de 2014, se desempeñó como Magistrado del Tribunal Electoral del Estado de México.
  • Asesor en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (2017)


Docente de licenciatura y posgrado: En las siguientes instituciones y programas académicos:

  • Licenciatura en Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México, en las asignaturas: Derecho Electoral, Jurisprudencia, Teoría de la Democracia, Justicia Constitucional, Derechos Humanos, Deontología y Axiología Jurídicas; e Instituciones Administrativas (2006-2016)
  • Licenciatura en Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac México, Campus Norte, en las asignaturas: Derecho Electoral, Historia del Derecho en México y Tradición Jurídica Occidental. (2015-2017)
  • Especialidad en Procedimientos Jurídico Electorales, Coordinación de Estudios Avanzados de la Facultad de Derecho en la Universidad Autónoma del Estado de México, Introducción al Derecho Electoral. (2011)
  • Especialidad en Derechos Humanos, en el Centro de Estudios de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, en la asignatura: Sistemas Universal y Regionales de Protección de los Derechos Humanos. (2017-2018)
  • Especialidad en Derecho Procesal Electoral, que se imparte en el Centro de Formación y Documentación Electoral del Instituto Electoral del Estado de México, en la asignatura: Medios de impugnación en materia electoral y Hermenéutica Jurídica. (2013-2019)
  • Maestría en Derecho Electoral, también impartida en el Centro de Formación y Documentación Electoral del Instituto Electoral del Estado de México en la asignatura: Sistema Electoral y medios de Impugnación en materia electoral. (2010-2016)
  • Maestría en Derecho Fiscal y Práctica Tributaria, en la Universidad Anáhuac México, Campus Norte, en la asignatura: Diseño y cabildeo de leyes fiscales. (2016)
  • Cursos Internacionales de Actualización en Derecho Electoral, impartidos por la Universidad Nacional Autónoma de México, a través de la Coordinación del Posgrado en Derecho y la Facultad de Estudios Superiores Aragón, en 2011,2012 y 2013.


Publicaciones:

  • Es coautor de las obras colectivas "Estudios de Derecho Electoral" coordinada por el Dr. Jorge Fernández Ruíz (Ed. UNAM, México 2011); "Direitto Eleitoral" coordinado por las doctoras Eneid Desiree Salgado y Ana Claudia Santano (Ed. Ithala, Brasil), "Panorama Electoral' y "Fórmulas de Representación Proporcional en la República Mexicana", contenidos en el disco compacto 1URIS 1 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Ha publicado diversos artículos, vinculados con la materia electoral, y constitucional en reveas especializadas. (Dignitas de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Matices del Posgrado de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México; de la Barra de Abogados del Estado de México y de Tribunal Electoral del Estado de México, entre otras).
  • Consejero editorial (cargo honorífico) de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (2016-2017)
  • El Senado de la Republica lo designó como Magistrado del Tribunal Electoral del Estado de México, por un periodo de 7 años, a partir de 15 de Diciembre de 2017.

COMO INTEGRANTES DE UN CUERPO COLEGIADO, LOS MAGISTRADOS ELECTORALES CUENTAN CON LAS ATRIBUCIONES QUE OTORGA AL PLENO, EL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

Artículo 390. Al Pleno del Tribunal Electoral le corresponden las atribuciones siguientes:

I. Resolver los medios de impugnación de su competencia, previstos en este Código.
II. Desechar, sobreseer, tener por no interpuestos o por no presentados, cuando proceda, los medios de impugnación, los escritos de terceros interesados o los de coadyuvantes.
III. Calificar y resolver sobre las excusas que presenten los magistrados y las recusaciones que contra éstos se presenten.
IV. Designar y remover a los notificadores, secretarios proyectistas y al Secretario General de Acuerdos del Tribunal Electoral, a propuesta del Presidente del mismo.
V. Determinar la fecha y hora de sus sesiones públicas, publicando tal determinación en su página de internet con al menos 24 horas de anticipación.
VI. Resolver los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal Electoral y sus servidores y entre el Instituto y sus servidores, en términos de lo dispuesto por este Código.
VII. Aprobar el proyecto de egresos del Tribunal Electoral y ejercerlo con autonomía.
VIII. Autorizar la celebración de convenios de colaboración con otros tribunales, instituciones y autoridades, para el mejor desempeño del Tribunal Electoral.
IX. Resolver las impugnaciones que se presenten contra determinaciones de imposición de sanciones por parte del Instituto.
X. Expedir y modificar el reglamento interno del Tribunal Electoral, así como los acuerdos generales y demás disposiciones necesarias para su buen funcionamiento.
XI. Establecer la jurisprudencia del Tribunal Electoral.
XII. Aprobar el programa anual de actividades que le presente el Presidente.
XIII. Conocer y, en su caso, aprobar los convenios de colaboración que el Presidente celebre con las autoridades federales, estatales o municipales.
XIV. Resolver los procedimientos sancionador ordinario y especial sancionador, en términos de este Código.
XV. Resolver el recurso de apelación en materia de consulta popular, en términos de este Código.
XVI. Aprobar los lineamientos para la selección, capacitación, designación y promoción del personal del Tribunal Electoral.
XVII. Aprobar el programa anual de investigación, docencia y difusión de la materia electoral y de participación ciudadana.
XVIII. Las demás que le otorga este Código.

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Maestro Víctor Oscar Pasquel Fuentes

    Magistrado

Es licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, y especialista en Justicia Electoral por el Centro de Capacitación Judicial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (ahora Escuela Judicial Electoral). Concluyó estudios de maestría en Derecho Electoral, en la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Entre otros cargos, se ha desempeñado como Secretario de Estudio y Cuenta en la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y en el Tribunal Electoral de la Ciudad de México. Fue Secretario Proyectista del Tribunal Electoral de Hidalgo; Consejero Local del Instituto Nacional Electoral; asesor en la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de México; así como coordinador de asesores de consejera integrante del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Ha sido catedrático de la materia de Derecho Electoral, y ha participado en ponencias sobre protección de niñas, niños y adolescentes, así como en foros sobre justicia electoral.

El 22 de octubre de 2019, el Senado de la República lo designó Magistrado del Tribunal Electoral del Estado de México, por un periodo de siete años.

COMO INTEGRANTES DE UN CUERPO COLEGIADO, LOS MAGISTRADOS ELECTORALES CUENTAN CON LAS ATRIBUCIONES QUE OTORGA AL PLENO, EL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

Artículo 390. Al Pleno del Tribunal Electoral le corresponden las atribuciones siguientes:

I. Resolver los medios de impugnación de su competencia, previstos en este Código.
II. Desechar, sobreseer, tener por no interpuestos o por no presentados, cuando proceda, los medios de impugnación, los escritos de terceros interesados o los de coadyuvantes.
III. Calificar y resolver sobre las excusas que presenten los magistrados y las recusaciones que contra éstos se presenten.
IV. Designar y remover a los notificadores, secretarios proyectistas y al Secretario General de Acuerdos del Tribunal Electoral, a propuesta del Presidente del mismo.
V. Determinar la fecha y hora de sus sesiones públicas, publicando tal determinación en su página de internet con al menos 24 horas de anticipación.
VI. Resolver los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal Electoral y sus servidores y entre el Instituto y sus servidores, en términos de lo dispuesto por este Código.
VII. Aprobar el proyecto de egresos del Tribunal Electoral y ejercerlo con autonomía.
VIII. Autorizar la celebración de convenios de colaboración con otros tribunales, instituciones y autoridades, para el mejor desempeño del Tribunal Electoral.
IX. Resolver las impugnaciones que se presenten contra determinaciones de imposición de sanciones por parte del Instituto.
X. Expedir y modificar el reglamento interno del Tribunal Electoral, así como los acuerdos generales y demás disposiciones necesarias para su buen funcionamiento.
XI. Establecer la jurisprudencia del Tribunal Electoral.
XII. Aprobar el programa anual de actividades que le presente el Presidente.
XIII. Conocer y, en su caso, aprobar los convenios de colaboración que el Presidente celebre con las autoridades federales, estatales o municipales.
XIV. Resolver los procedimientos sancionador ordinario y especial sancionador, en términos de este Código.
XV. Resolver el recurso de apelación en materia de consulta popular, en términos de este Código.
XVI. Aprobar los lineamientos para la selección, capacitación, designación y promoción del personal del Tribunal Electoral.
XVII. Aprobar el programa anual de investigación, docencia y difusión de la materia electoral y de participación ciudadana.
XVIII. Las demás que le otorga este Código.

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